El Martes pasado el congreso dio el visto bueno para
la prescripción enfermera.
Con la modificación de la Ley del medicamento, necesaria para que arranque legalmente la capacidad prescriptora de los enfermeros, se pretendía dar amparo legal a una situación real que ocurría y ocurre en todos los centros de Salud de nuestro sistema, y es que los profesionales de enfermería eran y son parte activa en la prescripción de los medicamentos.
El trabajo multidisciplinar en el que se veían inmersos los enfermeros parece que a los facultativos les venía muy bien, ya que les descongestionaba las consultas de aquellos pacientes con patologías crónicas que iban exclusivamente a por las recetas de su medicación. El control es estricto (historial del paciente, patologías, medicación habitual) y el visto bueno médico necesario... (firma de por medio).
Parece que hasta ahí todo bien. Enfermeros haciendo ilegalmente lo que no tienen que hacer, en pro de una calidad asistencial y una optimización de los recursos y el tiempo. Todos contentos (usuarios y médicos), salvo los profesionales de Enfermería, que trabajaban en la más pura ilegalidad...
Ahora que se intenta regularizar esta situación,
la OMC pone el grito en el cielo.
Lo que la ley intenta es legalizar una situación real, insisto, que sucede cada día en la Atención Primaria y en el ámbito rural de nuestro Sistema. Ya podían haberse ocupado de ello mucho antes, si existía irregularidad en el tema.
Creo que nadie habla de una prescripción enfermera como tal, si un diagnóstico médico previo.
De todas maneras el texto es claro, he extraído la parte esencial del mismo y en ningún momento se habla de PRESCRIPCIÓN:
"... los enfermeros, de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a la prescripción médica y los productos sanitarios mediante la correspondiente orden de dispensación.
El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.
El Ministerio de Salud y Política Social con la participación de las organizaciones colegiales, referidas anteriormente, acreditará con efectos en todo el Estado, a los enfermeros para las actuaciones previstas en este artículo."
Claro que del dicho al hecho, hay un trecho. Veremos cuáles son las guías de actuación y los consensos a los que lleguan que las organizaciones nombradas.
De todos modos tanto follón para que la enfermera pueda indicar medicamentos que no precisan receta médica, y que cualquiera de nosotros podemos comprar con toda libertad en las farmacias.
Hay que esperar para ver cómo se desarrolla todo esto.
Yo, personalmente, me alegraría si esto fuera una petición de la mayoría de los Enfermeros españoles de este país. Pero tengo serias dudas al respecto.
No creo que sea un avance tan importante para el desarrollo de nuestra profesionalidad, aunque sólo es mi opinión PERSONAL. La
organización colegial que me "representa" no opina lo mismo.
Pienso que esto sólo atiende a una necesidad de dar cobertura legal para regular una irregularidad, pero nada más.
Lo mismo se deberían plantear las cuestiones que realmente NO tienen que hacerse.
Que las recetas de los crónicos las rellenen los facultativos íntegramente.
A ver que pasa...
Berni.
Lunes 28/12/09.